Restorative Justice as an Alternative
Cumple parcialmente el criterio.
México cuenta con un marco jurídico nacional que reconoce mecanismos alternativos y restaurativos como alternativas dentro del sistema penal. La Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal regula mediación, conciliación y junta restaurativa, mientras que el Código Nacional de Procedimientos Penales incorpora soluciones alternas con efectos procesales reconocidos. Además, la Fiscalía General de la República cuenta con un órgano especializado que acredita disponibilidad institucional federal para operar estos mecanismos.
Sin embargo, las fuentes disponibles no permiten verificar utilización nacional consolidada de justicia restaurativa específicamente en casos relacionados con drogas. Tampoco acreditan cobertura homogénea entre jurisdicciones, frecuencia de uso, resultados restaurativos, acceso efectivo o aplicación comparable en fiscalías y tribunales. Por ello, el criterio se cumple parcialmente: existe disponibilidad jurídica e institucional de justicia restaurativa como alternativa penal, pero falta evidencia suficiente sobre uso efectivo y específico en delitos de drogas.
Fuentes (4): los documentos con los que se sustentó el semáforo
- Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2026). Código Nacional de Procedimientos Penales, mecanismos alternativos y suspensión condicional del proceso (Ley o norma)
- Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2026). Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal (Ley o norma)
- Fiscalía General de la República. Órgano Especializado de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (Norma o programa)
- Fix-Fierro, H., & López-Ayllón, S. Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias y Justicia Restaurativa en México (Académica)
Los enlaces llevan al documento original o a su copia de archivo.